El deber de tributar, la elusión, la evasión, los costos y la responsabilidad social
DOI:
https://doi.org/10.21501/2500-669X.2157Palabras clave:
responsabilidad social, tributación, evasión, elusión, valor de los costos.Resumen
Los términos evasión y elusión desde la doctrina, han presentado problemas en cuanto al alcance de su significado, pues para un sector de la doctrina son sinónimos, para otro sector no lo son; tanto la evasión y la elusión persiguen el mismo fin de disminuir o eliminar el tributo. El problema se hace extensivo a la jurisprudencia de la Corte Constitucional, al referirse a la elusión; la Corte lo hace también en términos de evasión. La situación se torna delicada en la práctica, pues el concepto de planeación tributaria se apoya en el postulado de: minimizar el impuesto aplicando las normas que traen beneficios tributarios dentro del sentido de la ley o espíritu de la ley o propósito del legislador, obedeciendo a actividades que se desarrollan con el amparo del concepto de interés legítimo. Los costos hacen parte de los conceptos que se utilizan para hacer planeación tributaria, pues la aplicación de beneficios tributarios asociados a los costos permite disminuir el impuesto a cargo. El fin que se pretende con este escrito es hacer una introducción al estudio de esta temática, pues esta afecta los beneficios tributarios asociados con los costos, presentando la posición de la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y de la división jurídica de la DIAN, acerca de los términos elusión y evasión.
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