Artículo de investigación científica y tecnológica

El lado oculto de la maldad: la mujer psicópata y criminal1

The hidden side of evil: The psychopathic and criminal woman

Recibido: 15 de marzo de 2021 / Aceptado: 31 de mayo de 2022 / Publicado: 1 de julio de 2022

Yesica Viviana Pineda Sánchez, Sandra Patricia Mosquera Romero, Ana María Osorio Cardona, Magaly López Marín

Forma de citar este artículo en APA:

Pineda Sánchez, Y. V., Mosquera Romero, S. P., Osorio Cardona, A. M., & López Marín, M. (2022). El lado oculto de la maldad: La mujer psicópata y criminal. Poiésis, (43), 75-90. https://doi.org/10.21501/16920945.4372

Resumen

El objetivo del presente artículo resultado de investigación fue comprender el lugar que ha ocupado históricamente la mujer en relación con el crimen y con la psicopatía, a partir de las investigaciones realizadas en los últimos diez años. La investigación se enmarca en el enfoque histórico hermenéutico, tiene un diseño cualitativo y utilizó la estrategia metodológica estado del arte. Se llega a la conclusión de que actualmente no hay consonancia en la comunidad científica respecto a la génesis y definición de la psicopatía, lo que impacta negativamente en el proceso clínico psicológico. Dentro de los grupos sociales existe una predisposición para asumir a la mujer el papel de víctima y es difícil que se le otorgue rótulo de infractora, pues los roles sociales han impactado en la formación de un estereotipo bajo el cual la mujer es inofensiva. Por otra parte, la investigación concluye que se hace pertinente realizar investigaciones que permitan profundizar la concepción de psicopatía, extendiendo este conocimiento al impacto jurídico de la mujer psicópata y criminal; específicamente en Colombia, en donde no hay una clara perspectiva panorámica respecto a este fenómeno.

Palabras clave:

Clínica; Crimen; Criminalidad; Género; Mujer; Psicopatía; Roles sociales.

Abstract

The aim of this outcome article Investigation was to understand the place women have had historically, regarding crime and psychopathy as a result of the research done in the last 10 years. Methodology: The research is based on the historical hermeneutic -dialect method viewpoint. It has a qualitative design and used the methodological strategy state of the art. Outcome: Currently there’s no consonance in the scientific community regarding the genesis and definition of psychopathy which has a negative impact on the psychological- clinic process. Among the different social groups, there’s a predisposition to assume the criminal woman as the victim and it’s highly improbable that she is labeled as a guilty individual because the social roles have impacted the creation of a stereotype under which women are helpless. Conclusions: It is pertinent to do research that takes us to a deeper conception of psychopathy and spread this knowledge so that it can have a legal impact on the criminal psychopath woman; specifically in Colombia, where the panoramic perspective of this phenomenon is not clear.

Keywords:

Clinical; Crime; Criminality; Gender; Psychopathy; Social roles; Woman.

Introducción

La psicología es una ciencia social y de la salud dentro de la cual uno de sus campos de acción es la psicología clínica; esta se ocupa de comprender lo mórbido del psiquismo humano para posteriormente intervenirlo, con la finalidad de que el sujeto encuentre bienestar y se adapte al medio social (Peláez, 2016). Para definir la psicopatía actualmente existen dos concepciones aceptadas y utilizadas alrededor del mundo; una aportada por el psicólogo canadiense Robert Hare y la otra por el psicólogo Estadounidense Hervey Cleckley (1941). En la actualidad, según el DSM-V, la psicopatía es considerada un trastorno mental homólogo al trastorno antisocial de la personalidad (TAP); concepción que está enfocada en el comportamiento antisocial, lo cual devela una marcada herencia de la concepción de Guay et al. (2018). Sin embargo, en la revisión de la literatura se halló que esta creencia es, cuando menos, errónea, y, además, se halló que al hacer alusión a la psicopatía aparecía directamente asociada la criminalidad. Pero sorprendentemente la mujer no ha sido representativamente estudiada ni en el campo de la psicopatía ni en el de la criminalidad, por lo cual el objetivo de esta investigación es comprender el lugar que ha ocupado históricamente la mujer en relación con el crimen y con la psicopatía a partir de las investigaciones realizadas en los últimos diez años.

Es importante realizar esta investigación pues podría servir como guía y base a las personas que se encuentren interesadas en conocer acerca de la psicopatía en relación con la mujer. Esta investigación aporta a reducir la brecha epistemológica que existe alrededor de la mujer criminal y/o psicópata, impactando positivamente en el proceso clínico psicológico y en escenarios sociales como el jurídico. Así mismo, este escrito servirá como una vía que permite poner en evidencia los sesgos existentes en las herramientas diagnósticas que determinan un errado proceso clínico, generando una fuerza de poder asimétrica e inequitativa en favor de la mujer por la mera condición de ser mujer, desconociendo así su lado criminal y la existencia de posibles rasgos o personalidad psicopática.

Metodología

La investigación se realizó con un enfoque histórico hermenéutico, enmarcada en el corte cualitativo. Se utilizó la estrategia metodológica estado del arte, el cual ha permitido hacer un rastreo bibliográfico en el que se ha logrado hacer una lectura crítica, analítica y comprensiva de las categorías que rigen la investigación, lo cual ha posibilitado la interpretación de la literatura consultada. Para recolectar la información se utilizó la matriz de análisis de contenido, un instrumento diseñado en Excel por el grupo de investigación Psyconex de la Universidad de Antioquia, en el cual se pueden inventariar los textos en la hoja población y filtrarse la muestra de manera vertical. Se reseñaron sesenta y tres documentos de diverso tipo de material: libros físicos, libros digitales, artículos de revista, y trabajos de pregrado y posgrado; luego se seleccionaron cincuenta y cinco. Los textos se tomaron de diversas bases de datos como EBSCO, Fuente académica plus, Google académico y Scielo. Se seleccionaron textos referentes a las temáticas de criminalidad, psicopatía, género femenino, mujer y acto criminal, exclusivamente se tomaron textos publicados desde el 2009 y hasta el año 2019, se incluyen en la lectura textos en inglés y español.

Resultados

Psicopatía: recorrido histórico de una noción controversial

La psicopatía ha sido un constructo controvertido para diversos investigadores al interior de la comunidad científica. El registro más antiguo del cual se halló referencia fue aportado por Paolo Zachias quien en el siglo XVII definió a los psicópatas como “individuos que no obraban ni sentían como los demás” (Cabello & Bruno, 2009, como se citó en López, 2013, p. 2). Tres siglos más tarde el constructo seguía siendo problemático, ya que la conceptualización de la psicopatía ha sido presentada de diversas maneras, como afirman Pozueco et al. (2011):

Comenzó a llamárseles a estos sujetos con epítetos tan peyorativos y esperpénticos como los de imbéciles morales … Al psicópata se le ha venido llamando de todo menos por su nombre … Sin lugar a dudas, este tipo de etiquetas y nomenclaturas peyorativas fueron las responsables de irle creando al concepto de psicopatía una mala posición en las indagaciones de aquellos albores y una mala prensa en la actualidad. (pp. 125-126)

Así, desde los primeros años del siglo XX se hizo evidente una oposición que giraba en torno a la génesis de la psicopatía; de un lado, unos autores proponían una perspectiva innata, como Emil Kraepelin (1903), quien le apostaba a una etiología hereditaria; de otro lado, eruditos como Karl Birhman (1914) afirmaban que la psicopatía era adquirida como efecto de las condiciones sociales.

La categoría clínica de la psicopatía la aporta el psicólogo norteamericano Hervey Milton Cleckley, quien en 1941 publica su libro The mask of sanity, texto en el cual establece dieciséis criterios diagnósticos, a saber: encanto superficial e inteligencia; ausencia de delirios u otros signos de pensamiento irracional; ausencia de nerviosismo o manifestaciones psiconeuróticas; poco fiable; falsedad o falta de sinceridad; falta de remordimiento o vergüenza; conducta antisocial sin un motivo que la justifique; juicio deficiente y dificultad para aprender de la experiencia; egocentrismo patológico e incapacidad para amar; pobreza generalizada en las principales relaciones afectivas; pérdida especifica de intuición; insensibilidad en las relaciones interpersonales generales; conducta extravagante y desagradable bajo los efectos del alcohol y, a veces, sin él; amenazas de suicidio raramente consumadas; vida sexual impersonal, frívola y poco estable; e incapacidad para seguir cualquier plan de vida (López, 2013, como se cita en Martínez, 2019). Además, en dicho texto este autor define la psicopatía como “un defecto profundo y sutil” (Cleckley, 1941, como se cita en Vicens, 2017, p. 9). El autor más prolífico y reconocido a nivel mundial en este tema ha sido Robert Hare, quien basado en los criterios descritos por Cleckley construye una herramienta diagnostica que llamó, en un primer momento, Psychopathy Check-list (PCL), actualmente Psychopathy Check-list Revised (PCL-R). Esta es:

Una escala de evaluación basada en el juicio clínico. Consta de 20 ítems que se puntúan en una gradación ordinal de tres categorías, en la que cero indica que el ítem no es aplicable al individuo; uno, que el ítem es aplicable hasta cierto punto, y dos, que el ítem es totalmente aplicable. Para llegar a dicha valoración se utiliza la información obtenida mediante una entrevista estructurada y datos procedentes de alguna fuente de información colateral … La escala proporciona puntuaciones que pueden oscilar entre 0 y 40 (a mayor puntuación, mayores niveles de psicopatía) … El punto de corte más frecuente para un diagnóstico de psicopatía es una puntuación mayor o igual a 30. (Tobeña, 2017, p. 41)

Según Robert Hare (2018, como se cita en Guay et al., 2018), la psicopatía se define como:

Un constructo clínico definido por un conjunto de rasgos interpersonales, afectivos, y comportamentales, incluyendo decepción, manipulación, irresponsabilidad, búsqueda de estimulación, pobre control de impulsos, afecto superficial, falta de empatía, culpa o remordimiento, y un rango de comportamientos inmorales y antisociales no necesariamente criminales. A taxometric Investigation of Psychopathy in Women [Una investigación taxonometrica de psicopatía en mujeres]. (p. 565)

Los avances en el siglo XXI han permitido que se estudie a un nivel más profundo el funcionamiento cerebral. Actualmente la psicopatía ha sido analizada desde una perspectiva biologicista enmarcada en dos líneas: una liderada por Adrian Raine (2001), quien se enfoca en realizar estudios de neuroimagen con el fin de encontrar alteraciones a nivel de la corteza prefrontal; la otra, dirigida por Richard Blair (1999), estudia la disfunción en el proceso de la amígdala. Los resultados arrojados por estas investigaciones señalan que:

Se presenta una revisión de las evidencias que relacionan la posible afectación de los lóbulos frontales, ya sea estructural o funcionalmente, y la conducta del psicópata. Los datos revelan aparentes alteraciones en la técnica de neuroimagen, actividad eléctrica o cerebral, funcionamiento bioquímico y actividad del sistema nervioso autónomo … Déficit en el procesamiento emocional y en las funciones ejecutivas. (Muñoz et al., 2003, p. 59)

El constructo psicopatía es una noción psicológica; aun así, para diagnosticar algún trastorno mental los psicólogos y psiquiatras se deben circunscribir a los manuales diagnósticos como el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DMSV-V), el cual evidencia una clara circunscripción a la teoría aportada por Robert Hare, y el manual de Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) que se enfoca en aspectos de personalidad, afiliándose a la herencia intelectual de Hervey Cleckley. La quinta entrega del DSM ha generado confusión ya que define el trastorno antisocial de la personalidad (TAP) como:

Patrón general de desprecio y de violación de los derechos de los demás que comienza en la infancia o en la adolescencia temprana y que continua en la edad adulta. Este patrón también ha sido denominado psicopatía, sociopatía o trastorno de la personalidad disocial. (DSM-V, 2013, p. 659)

Esta definición ha permitido que la psicopatía se asuma como un homólogo del trastorno antisocial de la personalidad (TAP); este hecho dificulta el proceso clínico interfiriendo de manera negativa en el diagnóstico y la intervención, ya que al considerarse una misma alteración los profesionales de la salud mental realizan tratamientos para el TAP que podrían no ser aplicables a la psicopatía, debido a que aún no existe consenso acerca de si la psicopatía es un trastorno mental, incluso, si se entiende como tal, se podría incurrir en un error porque, según Cleckley (1941, como se cita en Pozueco et al., 2015) “cualquier consideración de la psicopatía como un tipo de psicopatología o trastorno mental es, cuanto menos, errónea, ya que uno de los criterios esenciales de la psicopatía es la completa ausencia de cualquier tipo de manifestación psicopatológica” (p. 220).

La psicopatía femenina ha sido un constructo más controvertido aún dentro de la comunidad científica, pues ha sido subsumida a la psicopatía masculina, ya que hay aspectos en los que difieren una de otra. Como afirma Tobeña (2017):

Hay ingredientes peculiares … en la psicopatía femenina que adornan aquel retrato con tonos especiales: la reiteración de las conductas problemáticas eclosiona en la pubertad y mucho más raramente en la infancia, hay menos concurrencia de la violencia física y cuando la hay suele limitarse al entorno familiar más cercano, suelen predominar los engaños y las falsedades en las relaciones entre amigos, son muy frecuentes los síntomas histéricos así como los lamentos físicos y las somatizaciones, hay maltrato frecuente o negligencia de las criaturas y la prostitución y el abuso de sustancias son habituales. Es frecuente, asimismo, que reciban etiquetas diagnósticas de ‘trastorno límite de la personalidad’ con su vistoso cortejo de autolesiones, inestabilidad afectiva, apatía y conductas erráticas e impulsivas. (p. 130)

Fundamentado en lo anteriormente descrito, se hace pertinente concluir que existe en la actualidad una urgencia de clarificar y unificar el concepto de psicopatía, así como la inclusión representativa en su estudio, diagnóstico y tratamiento (en caso de que exista) de población femenina, en busca de garantizar vías científicas para su comprensión.

Como efecto de lo descrito, la confusión alrededor de la noción de psicopatía genera concepciones viciadas en el proceso clínico psicológico y en diferentes ámbitos sociales como el jurídico, en el cual se atenúan las penas a posibles sujetos psicópatas por la homologación errónea del concepto con el de trastorno antisocial de la personalidad, como puede leerse en el artículo 33 del Código Penal Colombiano (2000): “es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez psicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares” (p. 96).

Criminalidad ¿femenina?

La psicopatía ha estado altamente relacionada con la criminalidad, definida esta por Michel Foucault (2004, como se cita en Márquez, 2015) como “un fenómeno natural de toda sociedad que trae consigo una expresión de control por parte de los distintos poderes que buscan cierta estabilidad social” (p. 26). En la revisión de la literatura se encuentra que cuando se hace referencia a la psicopatía se asocia directamente con la criminalidad, según la Dijin (1990, como se cita en Vizcaíno, 2010) de la policía nacional colombiana, esta se define como:

Conjunto de todas aquellas conductas de individuos o grupos que en una sociedad y periodo determinados … le causa la muerte o lesiones a la integridad física o moral de otros o a la integridad de sus patrimonios o a la del Estado. (p. 312)

La misma institución diferencia tres tipos de crimen: el real, que se refiere a la cantidad de delitos cometidos en una sociedad; el aparente, definido como la cantidad de delitos conocidos por las autoridades; y el oculto, que se refiere a delitos de menor magnitud. (Dijin, 1990, como se cita en Vizcaíno, 2010).

Múltiples investigadores a lo largo de la historia han estudiado la criminalidad, lo cual ha permitido hacer una diferenciación más detallada entre la criminalidad masculina y femenina en relación a la psicopatía. Acerca de la primera se ha encontrado que ha sido el objeto principal de las investigaciones, debido a la influencia de patrones culturales, patriarcales y sexistas bajo los cuales el rol supuesto para la mujer ha sido el de víctima, como afirma Garrido (2019):

La delincuencia cometida por hombres, estadísticamente, es más elevada y representativa, en comparación con la delincuencia femenina y, porque las características y el modus operandi resulta más atractivo a interés de investigación criminológica cuando el delito es llevado a cabo por un hombre. (p. 58)

Respecto a la prevalencia, se encontró en un estudio realizado en España que “la población reclusa mayoritariamente son hombres, las mujeres apenas representan una mínima proporción. Según la última estadística de 2015, nueve de cada diez internos son hombres (93,3 %) … esta cifra es prácticamente constante cada año” (INE, 2015, como se cita en Alguacil Casas, 2017, p. 9).

Por otro lado, la criminalidad femenina no ha sido estudiada de manera profunda, ya que la mujer ha sido objeto de olvido en este y otros campos que han sido tradicionalmente asignados a los hombres. Lo anterior, hace que las mujeres queden invisibilizadas, por ejemplo, en las áreas investigativas y de ocupación de cargos públicos, legales y políticos, debido a la suposición según la cual el hombre ocupa una posición jerárquica social superior a la de la mujer. Según afirma Daly (1994, como se cita en Pascual, 2010), “simplemente se añaden al análisis como seres sin género, o como si fueran hombres” (p. 6); un ejemplo de esto fueron las conclusiones a las que llegó Cesare Lombroso, quien en el año 1895 consideraba a la mujer “como inferior al hombre en el marco evolutivo y por esta razón con menos capacidad de delinquir” (García, 2014, p. 313).

Posteriormente, las últimas tres décadas del siglo XX fueron años fundamentales en el desarrollo del pensamiento en Occidente; periodo de tiempo caracterizado por el impacto en distintas áreas sociales, políticas y económicas de diferentes movimientos intelectuales e insurgentes. Uno de esos movimientos fue el feminista, el cual ha logrado visibilizar a la mujer en espacios en los cuáles había sido históricamente relegada. Un importante avance de estos movimientos ha sido abrir paso a los estudios específicos de género (Vizcaíno, 2010), lo cual ha fomentado una proliferación de estudios acerca de la criminalidad femenina.

Uno de los primeros autores en interesarse en este ámbito fue el sociólogo Otto Pollak (1950, como se citó en Márquez, 2015), quien en sus investigaciones de 1950 se enfocó en estudiar la relación entre la criminalidad real y aparente de las mujeres; el sociólogo concluyó que “la criminalidad de las mujeres se encuentra en gran parte enmascarada y oculta, y que su alcance real es probablemente mucho más considerable de lo que muestran las estadísticas penales” (p. 13).

Actualmente, el intento por comprender la criminalidad femenina ha generado respuestas interesantes, en contraposición con las generadas por la criminalidad masculina. Así, respecto a la motivación criminal de las mujeres, Maqueda Abreu (2014) afirma que “su sexualidad exagerada y sus sentimientos innatos de venganza, avaricia, envidia, celos o maldad, resultaban ser los causantes de sus delitos” (p. 7). En cuanto a las características de la criminalidad femenina, un análisis descriptivo a partir de la biografía criminal en una muestra con veintiocho mujeres encontró que “las mujeres que delinquían tenían características de criminalidad masculina junto con las peores características femeninas como el rencor, el engaño o la astucia” (Almeda, 2013, como se cita en Alguacil Casas, 2017, p. 61). En una investigación realizada en Colombia, dirigida por Norza et al. (2012, como se cita en Restrepo, 2018), se buscaba analizar algunas tasas de criminalidad específica para mujeres se encontró que:

A ellas se les atribuye el 1,25 % de los homicidios, el 9,2 % de las lesiones personales, el 30,52 % de los hurtos, el 1,03 % de las estafas, el 32,54 % de los delitos relacionados con el tráfico o porte de estupefacientes [los correos humanos o mulas son mayoritariamente mujeres], el 3,67 % de los eventos reportados de violencia intrafamiliar, el 4,13% del tráfico, fabricación o porte ilegal de armas y el 0,38 % de los delitos de secuestro. (p. 115)

Por otra parte, diversos investigadores que han profundizado en el análisis de la conducta criminal, han buscado la correlación entre factores sociales y delincuencia femenina. Dentro de los factores sociales se han caracterizado como factores de riesgo para la comisión de actos criminales los siguientes: I. criminalidad paterna; II. disciplina parental excesivamente severa o inconsciente; III. escasa supervisión parental; IV. baja participación e implicación parental; V. conflictos familiares y hogares rotos o desestructurados; VI. juventud de las madres de los criminales (Farrington & Painter, como se citó en Morais, 2018).

En consonancia con lo evidenciado anteriormente, se puede señalar que es necesario continuar con adelantos en evidencia científica que permitan precisar la relación entre psicopatía y criminalidad, pues “ni todos los psicópatas son delincuentes, ni todos los delincuentes son psicópatas” (Pozueco et al., 2011, p. 134).

No se han establecido respuestas contundentes a los fenómenos que inciden, determinan y favorecen los actos criminales en mujeres; pues uno de los pocos adelantos efectivos que se ha podido realizar es el hecho de verificar que existe una diferenciación entre la criminalidad masculina y femenina, ya que esta última ha estado supeditada a los discursos históricos bajo los cuales la mujer ha sido ubicada en el lado de la víctima. Algunos de los investigadores que han estudiado acerca de este tópico han explicado el fenómeno basándose en teorías de corte naturista o biologicista, según las cuales, por ejemplo, las mujeres que incurren en actos criminales lo hacen como consecuencia de efectos del sistema endocrino y el ciclo menstrual (Maqueda Abreu, 2014).

Según lo anterior, existe una falta de claridad dentro de la comunidad científica respecto al fenómeno de la criminalidad femenina, y a esto se suman los factores socioculturales a partir de los cuales a las mujeres se les vincula con comportamientos benevolentes, bajo los que se les ubica como víctimas y en raras ocasiones como perpetradoras. Esto ha permitido el mantenimiento de estereotipos en el ámbito jurídico que favorecen la criminalidad femenina, sosteniendo este comportamiento favorecedor con las mujeres como herencia de la “tesis de la caballerosidad” de Otto Pollak (1950), bajo la cual “las mujeres seducen a policías y jueces, y en consecuencia éstos son más benévolos con ellas de lo que son con los hombres, perdonándolas con mucha más frecuencia de los cargos que se les imputan” (Almeda, 2003, como se cita en Alguacil Casas, 2017, p. 24). Hay entonces un impacto en esferas sociales tan importantes como la jurídico-legal, en la cual la mujer goza de un lugar privilegiado por la mera condición de ser mujer, como afirma Restrepo (2018):

Resulta razonable pensar que los organismos institucionalmente encargados del control de la criminalidad, al igual que los testigos y hasta las propias víctimas, aun hoy en día, tienden a favorecer a las mujeres, de tal manera que las conductas delictivas de estas no se reflejen en las estadísticas oficiales con la misma frecuencia que lo hacen las de los hombres. No se debe olvidar, recuerda Reyes Echandía (1987), “la tradicional benevolencia con que suele ser mirada la delincuencia femenina” (como se cita en Restrepo, 2018, p. 116).

Se finaliza este apartado permitiéndonos un cuestionamiento que resulta como un análisis producto de la bibliografía consultada y que gira en torno a la posición actual de la mujer criminal: ¿la visibilización de la mujer criminal se debe realmente a una notable presencia de esta por su condición de fémina como ganancia de las luchas feministas o es producto de una nueva forma de victimización por parte de las entidades sexistas?, debido a que, según estas últimas, las mujeres criminales terminan en este incurrir como consecuencia de una influencia por parte, generalmente, de una figura negativa masculina o por la condición desfavorable atribuida socialmente a la mujer; las personas que terminan cometiendo crímenes lo hacen como efecto de una grave segregación y discriminación por parte de las figuras de poder laboral, político y académico que aún hoy siguen funcionando alrededor de ejes masculinos.

Mujer: un acercamiento a su perspectiva macabra

En la revisión de antecedentes acerca de la mujer y el género femenino se ha encontrado que estos conceptos han sido objeto de escasa investigación para los estudiosos a lo largo de la historia, pues se ha supeditado la mujer ante la comprensión del hombre. Simone de Beauvoir (1999) planteó que el origen de la desvalorización femenina es puramente cultural, en el libro El segundo sexo se puede leer que:

A pesar de todo, es verosímil que entonces como ahora los hombres tuviesen el privilegio de la fuerza física; en la era de la clava y las fieras, en la era en que las resistencias de la Naturaleza se hallaban en su apogeo y los útiles eran los más rudimentarios, semejante superioridad debió tener extremada importancia. En todo caso, y por robustas que fuesen entonces las mujeres, en lucha contra un mundo hostil las servidumbres de la reproducción representarían para ellas una terrible desventaja … En cuanto a las mujeres, el embarazo, el parto, la menstruación disminuían su capacidad de trabajo y las condenaban a largos periodos de impotencia; para defenderse o asegurarse el sustento necesitaban la protección de los hombres. (p. 64)

Teniendo en cuenta este precepto, se han generado roles impuestos para cada ser humano a partir de su condición biológica de hombre o mujer, lo cual se enriquece con construcciones sociales. Los roles de cada sujeto en relación a su sexo anatómico son entendidos bajo el concepto de género, definido este como “conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres” (Organización Mundial de la Salud [OMS], s.f.,). Como afirman Rocha y Diaz (2005), ser hombre o mujer es un “proceso psicológico, social y cultural a través del cual cada individuo se asume como perteneciente a un género, en función de lo que cada cultura establece. Es decir, a través de un proceso de socialización permanente” (p. 42).

Durante los últimos siglos, la mujer ha estado subyugada bajo los principios de una sociedad patriarcal. En primera instancia, ha sido invisibilizada dentro de las sociedades; entendiéndose la invisibilización como “el no reconocimiento social de la mujer en los distintos espacios en los que se desenvuelve. Uno de los ejemplos más claros son las actividades reproductivas, que le solicitan tiempo y esfuerzo, sin que sean valoradas monetariamente” (Cruz, 2007, p. 1). Posteriormente, la mujer ha logrado hacerse notar dentro de los grupos dirigidos, creados y administrados por hombres; sin embargo, el lugar que ha conseguido ha sido secundario respecto al masculino, ya que la mayoría de sus actividades siguen enmarcadas dentro de la esfera privada, es decir, referente a actividades “domesticas, no remuneradas, que se cree que no aportan al desarrollo económico de las sociedades” (Alcañiz, 2004, p. 47), a diferencia de las labores atribuidas a los hombres, a quienes se les han adjudicado actividades dentro de la esfera pública “actividades remuneradas” (Alcañiz, 2004, p. 47). Como afirman Salazar y Cabral (2012) a la mujer “se le ha asignado el papel de alimentadora, educadora y responsable de los actos de los hijos, limitando su desempeño a la esfera privada, de tal manera que se justifica su situación de minusvalía en la sociedad” (pp. 235-236).

Dicho rol ha sido el resultado de un cúmulo histórico en el que la mujer ha tenido que soportar la influencia de factores bajo los cuales ha quedado secundada, primero la biología2 y segundo el pensamiento patriarcal heredado de la religión judeocristiana, sobre todo en occidente, y la cual dominó las esferas sociales durante la edad media (siglos V-XV). En suma, la mujer ha sido relegada de ejercer funciones políticas, militares y laborales, lo que la ha dejado a expensas de lo que decidan los hombres. Como escribió Beauvoir (1999):

El poder político siempre ha estado en manos de los hombres … El semejante, el Otro, que es también él mismo, con el cual se establecen relaciones de reciprocidad, es siempre, para el varón, un individuo varón. La dualidad que se descubre bajo una forma u otra en el corazón de las colectividades opone un grupo de hombres a otro grupo de hombres: pero las mujeres forman parte de los bienes que estos poseen y que entre ellos constituyen un instrumento de cambio. (p. 71)

La mujer, ha sido catalogada en una posición social jerárquica desfavorable, como afirma Medel Toro (2009, como se citó en Pérez Fernández, 2016):

En la revolución francesa, al proclamar en 1789 la Declaración de los Derechos del Hombre, solo tenía en cuenta, literalmente, a los propios hombres. Resulta paradójico, por cuanto es público y notorio que las mujeres lucharon tanto por la consecución de esos derechos como los propios varones, que una vez obtenidos se vieran excluidas de ellos y relegadas a un segundo plano sociocultural. (p. 124)

La posición secundaria de la mujer en las esferas sociales la ha ubicado como un ser al que no se le atribuye el papel de victimaria o infractora de la ley. Estadísticamente, las mujeres ocupan un lugar notablemente inferior al de los hombres en los centros de reclusión y en la tipificación de la conducta criminal. Según el anuario estadístico del ministerio del interior de España (2015) se encontró que por 3.892 personas recluidas por homicidio solamente doscientas noventa y ocho eran mujeres.

Por otra parte, en una investigación efectuada en Salamanca, España, para realizar una aproximación al perfil criminológico de la asesina en serie, se encontró que las asesinas en serie se subdividen en nueve categorías, a saber: por venganza, en equipo, predadoras sexuales, homicidio inexplicado, problemas de locura, viuda negra, ganancia, ángel de la muerte y crímenes sin resolver. Además, que las mujeres cometen solamente el 15 % de los crímenes violentos y un 28 % del total de los crímenes seriales (Garrido López, 2019).

La psicopatía, igual que la criminalidad, ha sido altamente estudiada en la población masculina, esto se debe en gran medida al rol de la mujer en las sociedades y a la baja participación de esta en la comisión de delitos, como afirma Nubia Rovelo (2014):

Los rasgos y el perfil psicológico y criminológico de los sujetos violentos y psicópatas se han estudiado más ampliamente en varones por su mayor prevalencia, relegando a las mujeres violentas y psicópatas a un segundo plano pues se considera que se trata de una condición de un trastorno mucho más común en los hombres que en las mujeres. (p. 1)

Según Adolf Tobeña (2017), existen diferentes estudios que han indicado una menor proporción de mujeres psicópatas que los varones (0,5 % – 1 % de las mujeres) debido a una diferenciación entre el funcionamiento cerebral de los hombres y las mujeres psicópatas, indicando que estas últimas “tienen un cerebro algo mejor equiparado que el de los hombres para captar e interpretar los sentimientos ajenos y aprovechan esa superioridad cognoscitiva para lastimar” (p. 133). Esta diferenciación somática incide en que las mujeres psicópatas tiendan a realizar agresiones de corte psicológico −burlas, desplantes, gritos−, a diferencia de los hombres que cometen actos violentos más aparatosos, así como las féminas se caracterizan por cometer crímenes como fraudes, estafas y abusos económicos (Tobeña, 2017).

Como resultado de lo anteriormente descrito, es pertinente que futuros investigadores ahonden en la coyuntura que gira alrededor de la homologación existente entre la mujer criminal y enfermedad mental; pues desde la edad media, en los escenarios en los cuales la mujer se ha comportado de manera irreverente ante los parámetros sociales, ha sido catalogada como una criminal o enferma mental, empezando por las mujeres expertas en botánica o medicina de la Edad Media, las cuales que terminaron en la hoguera. Como afirma Morais (2018) “durante el siglo XVI y XVII, empezará a criminalizarse más frecuentemente a la mujer, … se castigaba a la mujer que se apartaba de valorizaciones morales … Considerando la brujería como un crimen” (p. 6).

Desde el siglo XVIII y con el desarrollo del pensamiento positivista surgió un discurso que ha permanecido hasta la actualidad, según el cual, las mujeres criminales deben ser vistas con benevolencia y tratadas de una manera condescendiente por parte de los actores de la justicia, así, “la imputabilidad por los ilícitos que cometían debía ser atenuada, disminuida o hasta excluida, debido a su condición de inferioridad respecto del hombre” (Morais, 2018, p. 6). Como efecto de los avances logrados por las olas del feminismo, esta afirmación es entendida como una manera de discriminación hacia la mujer puesto que el mitigar la pena por ser mujer es una manera de discriminarla e inferiorizarla.

Por otra parte, según el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer −CEDAW por sus siglas en inglés− (s.f.), los centros de reclusión no tienen en cuenta las condiciones de género, pues los sistemas penitenciarios funcionan en pro de la población carcelaria mayoritaria −hombres−, lo que implica que las mujeres estén en un segundo plano. En el sistema judicial colombiano, las leyes que “favorecen” a la mujer han sido creadas para protegerlas de la violencia y el maltrato, y no para garantizarle equidad ante el sistema penal y los escenarios sociales y laborales, pues esta equidad se vería representada en una participación proporcional en número de hombres y mujeres en escenarios públicos, jurídicos, de salud y educación.

Finalmente, se puede señalar que las mujeres que llegan a los establecimientos penitenciarios son doblemente juzgadas; por un lado, el sistema penal las castiga con una pena que las recluye en institutos carcelarios y, por otro lado, la sociedad las castiga moralmente por desviarse del rol que la sociedad ha previsto para ellas (Alguacil Casas, 2017). La escasa bibliografía que estudia este tipo de fenómenos pone de manifiesto la continuación de un pensamiento originado en el siglo XVIII bajo el cual a la mujer se le asigna el papel de víctima por la mera condición de ser mujer.

Conclusiones

En definitiva, la psicopatía no es un constructo que se limite al campo criminal ni al masculino, pues lo que se ha encontrado en la literatura alrededor de esta noción permite llegar a una conclusión que gira en torno a tres hallazgos principales. El primero tiene que ver con la confusión epistemológica y nominal que existe alrededor de la psicopatía, pues, aunque es un concepto que ha sido estudiado desde hace cuatro siglos por investigadores, psiquiatras y psicólogos, al día de hoy no se ha llegado a un consenso sobre su definición. Las dos concepciones más aceptadas actualmente son aportadas por el psicólogo norteamericano Hervey Cleckley, quien la define en su más grande obra, The mask of sanity, como “un defecto profundo y sutil” (Cleckley, 1941, como se cita en Vicens, 2017, p. 9); y, por otro lado, por los autores Guay, Knight, Ruscio y Hare (2018), quienes la definen como:

Un constructo clínico definido por un conjunto de rasgos interpersonales, afectivos, y comportamentales, incluyendo decepción, manipulación, irresponsabilidad, búsqueda de estimulación, pobre control de impulsos, afecto superficial, falta de empatía, culpa o remordimiento, y un rango de comportamientos inmorales y antisociales no necesariamente criminales. (p. 565)

En segundo lugar, no hay una definición unificada basada en resultados de estudios representativos de población general que permitan a los eruditos del tema puntualizar acerca de una definición específica y aún más respecto a su génesis. Es necesario profundizar en delimitar la especificidad de la psicopatía, debido a que aún no es claro cómo clasificarla; si como un trastorno mental o una estructura de personalidad, un trastorno del neurodesarrollo o una enfermedad. Es importante en el futuro analizar la génesis de la psicopatía, así como su repercusión legal y social independientemente de si el sujeto psicópata es un hombre o una mujer. El Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-V) permite que se denomine el trastorno antisocial de la personalidad (TAP) como un sinónimo de psicopatía, lo cual tiene como efecto que se impacte erróneamente en el proceso clínico psicológico y en escenarios sociales.

En tercer lugar, el hecho de que la psicopatía femenina ha sido subsumida bajo la comprensión de la psicopatía masculina, la cual no ha sido representativamente estudiada en la población general.

Por otra parte, la criminalidad es un fenómeno social antiguo, y curiosamente esta ha sido una característica atribuida mayoritariamente a los hombres. Se concluye que la criminalidad femenina aún no es una noción clara para la comunidad científica, puesto que, debido al rol social atribuido a la mujer, esta ha sido ubicada en la posición de víctima. En suma, las tesis sexistas de importantes pensadores como Cesare Lombroso y Otto Pollak contribuyen a la perpetuación de que la criminalidad femenina sea observada con benevolencia por parte de los juristas, policías e incluso las víctimas.

Se puede finalizar diciendo que en las investigaciones no se ha encontrado suficiente información alrededor de la mujer como criminal, como victimaria y como psicópata; lo cual apoya a la conclusión de que a partir de la condición biológica de los sujetos las sociedades les han asignado roles que se han perpetuado a lo largo de la historia. Después de ser invisibilizada por años, la mujer ha obtenido un lugar desfavorable en las jerarquías sociales respecto al hombre. Este hecho se hace visible incluso en las ciencias sociales y las esferas jurídicas dentro de las cuales cuando se enfrentan a una mujer psicópata, por ejemplo, le asignan otro rótulo o le imputan penas menos severas que las de los hombres.

Conflicto de intereses

Las autoras declaran la inexistencia de conflicto de interés con institución o asociación comercial de cualquier índole.

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Notas de autores

Yesica Viviana Pineda Sánchez

Psicóloga, egresada de la Universidad Católica Luis Amigó, Medellín-Colombia. Contacto: yesica.pinedasa@amigo.edu.co

Sandra Patricia Mosquera Romero

Psicóloga egresada de la Universidad Católica Luis Amigó, Medellín, Colombia. Contacto: sandra.mosqueraro@amigo.edu.co

Ana María Osorio Cardona

Psicóloga, egresada de la Universidad Católica Luis Amigó, Medellín-Colombia. Contacto: ana.osorioar@amigo.edu.co

Magaly López Marín

Psicóloga, egresada de la Universidad Católica Luis Amigó, Medellín-Colombia. Contacto: magaly.lopezma@amigo.edu.co


1 El presente artículo se deriva de la investigación titulada “El lado oculto de la maldad: La mujer psicópata y criminal ME-CD-T150 P649 2020”, realizada en el marco del trabajo de grado obligatorio para obtener el título de psicólogas. Facultad de Psicología y Ciencias sociales, Universidad Católica Luis Amigó (2021).

2 Revisar los planteamientos de Simone de Beauvoir (1999).