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Vallejo Merino, I. C. (2020). Los fundamentos de posibilidad de una educación política desde la perspectiva kantiana. Perseitas, 8, pp. 445-468. DOI: https://doi.org/10.21501/23461780.3689

Los fundamentos de posibilidad de una educación política desde la perspectiva kantiana

The foundations of the possibility of a political education from the Kantian perspective

Artículo de reflexión derivado de investigación

DOI: https://doi.org/10.21501/23461780.3689

Recibido: 3 de abril de 2020 / Aceptado: 16 de junio de 2020 / Publicado: 16 de julio de 2020

Isabel Cristina Vallejo Merino

Resumen

El artículo presenta algunos de los fundamentos de posibilidad de una educación política desde el corpus kantiano. Para esto, tiene como objetivos 1) interpretar lo que entiende Kant por educación y su relación con la virtud a través del concepto de carácter de índole moral; 2) analizar la relación del carácter con el republicanismo; y 3) comprender la manera como se vincula esta forma de gobierno con el juicio estético. Lo anterior se realizó con base en el enfoque interpretativo y el método del análisis textual. Se encuentran como resultados que la formación del carácter de índole moral resulta crucial para una educación política basada en la teoría del filósofo de Königsberg; además se prueba, mediante los criterios de objetividad, universalidad y necesidad, que el republicanismo es la mejor forma de gobierno para el carácter moral y, por último, se enuncian aquellos fundamentos de posibilidad de una educación política, primero desde una perspectiva antropológica, segundo, desde un plano metafísico y tercero, desde el fortalecimiento del juicio estético. Se concluye que el republicanismo es posible, esperable y necesario, ya que es el más acorde con el último fin de la educación: la formación del carácter de índole moral.

Palabras clave

Antropología; Carácter; Educación política; Juicio estético; Kant; Metafísica; Personalidad moral; Republicanismo.

Abstract

The article presents some of the basics of possibility of political education from the Kantian corpus. For this purpose, it aims to 1) interpret what Kant means by education and its relationship to virtue through the concept of a moral nature; (2) analyze the relationship of character with republicanism; and 3) understand how this form of government is linked to aesthetic judgment. The above was done on the basis of the interpretative approach and the method of textual analysis. The results are that the formation of moral character is crucial to a political education based on the theory of the philosopher of Königsberg, and it is proved, by the criteria of objectivity, universality and necessity, that republicanism is the best form of government for moral character and finally, these are the basics of the possibility of a political education, first from an anthropological perspective, second from a metaphysical plane and third from the strengthening of esthetic judgment. It is concluded that republicanism is possible, hopeful and necessary, since it is the most appropriate one for the last purpose of education, that of the formation of moral character.

Keywords

Anthropology; Character; Political education; Esthetic Judgment; Kant; Metaphysics; Moral personality; Republicanism.

Planteamiento del problema

Hannah Arendt (2003), en su libro Conferencias sobre la filosofía política de Kant, plantea que de los tres libros más estudiados del filósofo de Könisberg, Crítica de la razón pura, Critica de la razón práctica y Critica del juicio, el que menos se ha trabajado es el último, especialmente en relación con la política. De esta forma, la concepción de política que se ha resaltado dentro del corpus kantiano es la que aparece en el opúsculo Sobre la paz perpetua, la cual alude a la “doctrina del derecho aplicada” (Kant, 2012b, p. 95).

No obstante, la política desde una perspectiva Kantiana encuentra una significación más profunda, que va más allá de encontrar su delimitación en el derecho (Kant, 2012b). En otras palabras, se encuentra que desde el lente de Arendt, en Kant la política también tiene ese papel legislativo, es decir, no pierde ese carácter deliberativo que implica sopesar los diversos puntos de vista para vislumbrar una directriz general que, a modo de leyes, favorezca la convivencia (Ríos, 2010, p. 1).

Por lo anterior, Arendt (2003) centra su mirada en las reflexiones sobre la Crítica del juicio y argumenta que en Kant la facultad política por excelencia es la facultad de juzgar. De hecho, el filósofo distingue entre el juicio determinante y el juicio reflexionante; el primero permite diferenciar bajo qué categoría general se encuentra una particular, mientras el segundo no cuenta con tal categoría general y, por tanto, se centra en su búsqueda (Kant, 2015, p. 90). Por esto, cuando se afirma que la facultad política por excelencia es la facultad de juzgar, se resalta que esta última alude a un juicio reflexionante1, que ayuda dentro del mundo político a la búsqueda de categorías generales que permitan por medio de la deliberación encontrar pautas generales —y quizás antes no conocidas— para juzgar casos particulares que puedan surgir en el entramado social.

En concomitancia con lo antes mencionado, se encuentra pertinente la indagación entre los vínculos que se puedan establecer entre la facultad de juzgar y la política. Además, la relación que se encuentre entre estos y la educación, que lleva a preguntas tales como: ¿se puede pensar en una educación política desde la perspectiva kantiana? Si es así, ¿qué concepción de política se resalta de la teoría kantiana? Se añade que para Kant el republicanismo2 es la mejor forma de gobierno, en este sentido, ¿cuáles son las características de los seres humanos que permiten pensar que este republicanismo, y por ende una educación política basada en este, sí sean posibles y, por tanto, no sean una simple quimera? Todo esto se traduce en la siguiente pregunta de investigación: ¿cuáles son los fundamentos de posibilidad de una educación política desde la perspectiva kantiana?

Metodología

En lo concerniente a la metodología, la investigación de la cual es fruto este artículo se basó en el enfoque interpretativo que, de acuerdo con Della Porta y Keating (2013), se centra en los significados tanto explícitos como implícitos y puede incluir, a modo de método, tanto al análisis textual como el análisis del discurso. En este caso, se realizó un análisis textual de algunas de las obras de Immanuel Kant, en especial Sobre Pedagogía, Filosofía de la historia, Antropología en sentido pragmático, La Religión dentro de los límites de la mera Razón, La metafísica de las costumbres, Sobre la paz perpetua y la Crítica del Juicio. Para la bibliografía secundaria se abordó el procedimiento denominado como bibliografía anotada, el cual, de acuerdo con Alvarado y Borges (2004), permite registrar de una forma sucinta los aspectos relevantes de diferentes fuentes de información. Aquí se utilizaron artículos de investigación de autores tales como Abellán (2014), Arango (2013), Beade (2007, 2009), Saldarriaga (2015a, 2015b, 2017), Wilson (2006), Wood (2003, 2008), Zöller (2011), entre otros, con su respectivo fichaje a la luz de los objetivos de investigación.

Teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo que orientó el ejercicio investigativo consistió en precisar algunos de los fundamentos de posibilidad de una educación política desde la perspectiva kantiana. De dicho objetivo se desprendieron los siguientes objetivos específicos: 1) interpretar lo que entiende Kant por educación y su relación con la virtud a través del concepto de carácter de índole moral; 2) analizar la relación del carácter con el republicanismo; y 3) comprender la manera como se vincula esta forma de gobierno con el juicio estético. Cada uno de los objetivos se corresponde con uno de los acápites que siguen.

Sobre el carácter (entre la virtud y la educación)

La mejor forma de gobierno para Kant es el republicanismo, en el cual se espera que los ciudadanos contemplen las leyes como si les hubieran dado su aprobación. De esta forma, se esperaría que una educación política se encuentre en consonancia con esta pretensión. Sin embargo, cuando se aborda la definición que da el autor sobre el concepto de educación en el libro Sobre pedagogía (como arte que apunta al desarrollo de todas las disposiciones naturales de la especie humana), resulta incompleta si lo que se quiere es establecer una relación entre esta y el republicanismo. Lo que se requiere especificar es la forma como la educación se vincula con la política, asunto que el filósofo alemán no aborda explícitamente3. La tesis central de este acápite es que el carácter de índole moral constituye una pieza fundamental para una educación política desde la perspectiva kantiana, de ahí que sea relevante preguntarse si es una característica dada por la naturaleza o si es susceptible de ser formada.

Esbozado brevemente, Kant plantea que la educación se basa en cuatro componentes: por un lado, el cuidado y la disciplina4 y, por el otro, la instrucción5 y la formación moral; no obstante, los esfuerzos de los políticos no se han centrado en este último componente. De ahí que se encuentren personas muy habilidosas y disciplinadas, pero no virtuosas, entendiendo por virtud “la intención sólidamente fundada de cumplir exactamente el propio deber” (Kant, 2016, p. 51). Virtud que encuentra su máxima expresión en el carácter inteligible o de índole moral, que alude a la propiedad de la voluntad por la que el sujeto sigue fielmente los principios que él mismo ha adoptado, conforme a la ley moral (Kant, 1991).

En sintonía con lo anterior, Holly Wilson (2006) argumenta que uno de los fines de la educación (aparte de la disciplina, la instrucción y la prudencia)6 es la formación del carácter de índole moral, el cual constituye inclusive el último fin. Es decir, la educación está orientada hacia la virtud del carácter inteligible7. Ahora bien, aunque la educación no puede proporcionar poco a poco la fuerza para practicar los principios que permiten actuar conforme a la virtud, para Kant esta última es una doctrina que puede enseñarse. Esto lo dice porque no es innata y, por tanto, es fruto de la razón práctica que por su poder supremo adquiere superioridad por encima de las inclinaciones que hacen flaquear dichos principios. En este sentido dice él que las reglas completas para saber qué hacer no se enseñan directamente por otra persona, ya que estas se encuentran únicamente en la razón. Pero es la educación, y en específico, el maestro, la que ha de cultivar esta facultad mediante el modo de enseñar dialógico en el que este y sus estudiantes se hagan preguntas y respuestas de forma recíproca (Kant, 2012a, p. 53), para que ellos mismos bajo su autonomía puedan “formarse un carácter”.

Lo anteriormente expuesto muestra que el carácter sí se puede formar mediante la adhesión a reglas y máximas, es decir, fortaleciendo la razón8 práctica en su uso. Pero no basta con esto, ya que para Wilson (2006) otro elemento importante en Kant con respecto a la formación del carácter consiste en que los estudiantes se vean a sí mismos como parte de la especie humana, sujetos a un plan de la naturaleza que busca un estado mejor9, lo cual podría sembrar en ellos la necesidad de regular su voluntad amparados en esta idea. Bajo esta necesidad se abandonaría el egoísmo moral y se formarían los principios morales que están relacionados con la promesa que se hace cada uno a sí mismo para no transgredirla.

No obstante, la formación del carácter, inteligible en el sentido anteriormente planteado, solo es posible de acuerdo con Kant mediante una revolución de las intenciones del corazón10, que le permita al sujeto adoptar libremente sus principios. Sin embargo, el filósofo afirma que por sus propias fuerzas el ser humano no puede producir un estallido que renueve su mente, pero lo que sí puede hacer por sí mismo es llegar al camino que permite tal firmeza (Kant, 2016); teniendo en cuenta esto, se plantea que el camino más idóneo para favorecer el carácter de índole moral es el republicanismo.

El republicanismo (política y moral, o por qué el republicanismo es la mejor forma de gobierno para el modelo del carácter moral)

Kant argumenta que la mejor forma de gobierno no está probada por el que mejor administra, es decir, no está en una persona, en algunos o muchos porque ¿qué garantiza la continuidad de ese buen gobierno? y tampoco se basa en cualquier constitución, porque ha de ser una que surja de la fuente del derecho mismo y que por tanto esté acorde con el contrato originario (Kant, 2006). La tesis central de este apartado es que el republicanismo es la mejor forma de gobierno para el modelo del carácter moral, la cual se prueba dentro del corpus kantiano, especialmente bajo tres criterios: objetividad11, universalidad12 y necesidad13. Al final, se sugieren posibles válvulas de escape que permitan pensar en la separación del espíritu del republicanismo de las tensiones encontradas en la teoría kantiana.

Por un lado, el republicanismo es objetivo en tanto se basa en postulados a priori. En este sentido, se encuentra, por ejemplo, que la necesidad de una comunidad regida por leyes o Estado, también reconocida bajo la palabra latina “res publica” que significa “causa común” (Zöller, 2011, p. 157), no se justifica partiendo de la experiencia, ni aunque los seres humanos fueran amantes del derecho. Por el contrario, se llega a esta conclusión por postulados a priori, ya que la razón práctica conduce a pensar que, sin leyes comunes a todos, los diferentes hombres y Estados que se mantendrían aislados no llegarían a las mismas soluciones jurídicas, y esto inevitablemente daría lugar al conflicto.

Si se sigue con atención la teoría kantiana se encuentra que el republicanismo es la forma de gobierno más acorde con el contrato originario, que alude a una “ley fundamental, que sólo puede emanar de la voluntad general (unidad) del pueblo” (Kant, 2011b, p. 34). Además, es la forma de gobierno donde la ley es soberana (Kant, 2012a, p. 179) y por tanto, se respeta el derecho originario de la libertad, la cual, en un sentido inteligible e innato, es comprendida por Kant como la capacidad de autodeterminación que permite tomar distancia de las inclinaciones naturales (Kant, 2012a, p.17)14.

Se añade que el republicanismo es una forma de gobierno que, independientemente de la forma de soberanía (autocracia, aristocracia y democracia)15, se basa en el ideal regulativo de la división de poderes, al cual se llega por medio de la razón a priori a través del imperativo categórico. Esto quiere decir que, por medio de la razón, se llega a la conclusión de que en un Estado se requiere que sus funciones sean divididas, porque ¿qué pasaría si en un Estado no existiera tal separación? Se daría lugar al despotismo, tal y como lo sugiere Montesquieu (1906) en el Espíritu de las leyes.

Las tres ramas del poder público son: el legislativo que condensa la voluntad general del conjunto de hombres que hacen parte de determinada organización estatal, el ejecutivo que está basado en las anteriores leyes y procede conforme a lo que estas estipulan, y el judicial que aplica la sentencia de acuerdo a cada caso según la normatividad (Kant, 2012a, p. 142).

De ahí que la constitución republicana se caracterice por tres principios: libertad, dependencia ante una misma legislación e igualdad (Kant, 2012b). Los cuales no surgen después de creado el Estado civil, sino que, al ser principios racionales puros, se comprenden como la condición de posibilidad de todo Estado jurídico (Kant, 2011b).

La libertad legal se refiere a aquellas leyes que se asienten y se obedecen (Kant, 2012a, p. 143). La dependencia civil o legal implica que un hombre abandone la “libertad salvaje” para adherirse a una libertad caracterizada por el consentimiento a las leyes (Kant, 2012a, p. 146). Sin embargo, Arango (2013), Beade (2007) y Abellán (1998) coinciden en que el filósofo en otras obras (como en Teoría y práctica y en la Metafísica de las Costumbres) cambia este último principio por el de la independencia civil, el cual está fuertemente vinculado, especialmente desde la perspectiva de los dos últimos autores, con el concepto de ciudadanía y con el tener una propiedad (no solo se alude con esto a lo material, sino también al tener un oficio o actividad). Por último, la igualdad jurídica, asociada con la capacidad moral de obligar al otro, se puede entender como la coacción que cada uno puede ejercer sobre el otro a través de la ley pública y su ejecutor (el jefe de Estado), lo que se traduce en un derecho, teniendo en cuenta que todos son iguales en tanto súbditos (Kant, 2011b).

Por otro lado, el republicanismo es universal, ya que concilia la estructura subjetiva con la objetiva por medio de las características de la personalidad moral. Esto se debe a que el fin del Estado civil para Kant es la “realización del potencial práctico de la personalidad moral” (Saldarriaga, 2015b, pp. 19-20). La personalidad moral permite que la persona16 se auto determine, ya que alude a la “libertad de un ser racional sometido a leyes morales” (Kant, 2012a, p. 304), lo que es posible, entre otras cosas, gracias a los fundamentos metafísicos que se exponen en el tercer acápite.

Ahora bien, ¿cómo se relaciona la personalidad moral con el carácter? Saldarriaga (2015b) permite comprender que la personalidad moral implica libertad, entendida en un sentido negativo (independencia de los impulsos sensibles) y en un sentido positivo (capacidad para darse leyes a sí mismo), además, muestra la sujeción de la persona al carácter inteligible. En esta misma línea de ideas, si dicha personalidad permite conciliar la estructura del derecho con la estructura subjetiva, entonces este carácter inteligible también posibilita tal conciliación, específicamente ayudando a que las personas sigan el mandato ético universal de cumplir el derecho por deber, tal cual como se expone en el primer acápite.

En tercer lugar, el republicanismo es necesario porque promueve la paz. Por un lado, afirma Kersting (2001) que en Kant la paz “sólo puede surgir como el resultado colectivo de una acción jurídica común” (p. 223), lo que quiere decir que la paz solo puede asegurarse por medio de relaciones entre hombres a través del derecho. En este sentido, la constitución republicana es para el autor la que puede asegurar con mayor idoneidad la paz (Kant, 2006). Esto lo argumenta debido a que esta constitución no se basa en las reglas de la experiencia, sino de la razón a priori, se enfoca en los principios que protegen la libertad, está acorde con los fundamentos que hacen necesario el derecho entre los hombres y tiene como fin la paz perpetua. Se puede añadir que, en la forma de gobierno republicana, Kant plantea que son los ciudadanos quienes han de consentir o no si deben ir a la guerra, ya que ellos serían los que correrían con sus estragos y no el soberano.

No obstante, Habermas, 200 años después de que Kant compusiera su opúsculo sobre la paz, afirma que es cuestionable que una constitución republicana logre promover dicha paz. Según este autor, las repúblicas no son pacíficas, así le den al ciudadano la posibilidad de dar a conocer su postura frente a la guerra17, la cual puede ser a favor. Esto lo dice con base en un fenómeno que el filósofo de Königsberg no pudo prever, porque se vendría a conocer en el siglo XX, a saber, el nacionalismo (Habermas, 1997)18.

De todas formas, al argumento de Habermas (con el que cuestiona una constitución republicana que logre promover dicha paz en un Estado civil) se le agrega la dificultad antropológica que se encuentra en los seres humanos y que Kant nombra como “insociable sociabilidad” pues, como él mismo afirma, los seres humanos son maderos torcidos, difíciles de enderezar. De hecho, es reconocida la afirmación que realiza el autor en el opúsculo Sobre la paz perpetua frente a la posibilidad de crear un Estado regido por una constitución en la que inclusive una estirpe de demonios que eluden la ley puedan contenerse de tal forma que sus acciones, aunque no sean éticas, puedan ser legales (Kant, 2012 b)19.

Frente a este tema, Rodolfo Arango (2013) afirma que los ciudadanos pueden vincularse a un estado civil regido por leyes, sin necesidad de ser virtuosos. Para esto, se centra en dos importantes intérpretes de Kant, a saber, Niesen y Brandt, analizando el republicanismo kantiano y el llamado republicanismo cívico. El autor afirma que “su propuesta republicana no es la de un Estado de ángeles, como afirman críticamente algunos, tesis que Kant mismo desecha (cf. EF, Ak. VIII 366; 2003 38)” (Arango, 2013, p. 51).

Niesen (como se citó en Arango, 2013) también plantea que “el republicanismo kantiano no condiciona el ejercicio de la política a la virtud” (p. 2), mientras que el republicanismo cívico sí. De acuerdo con Niesen, así sean demonios, pueden encontrar en las leyes protección a sus intereses estratégicos, y así parecer como si no tuvieran malas inclinaciones. Por su parte, Arendt (2003) argumenta que “existe la certeza de que no se necesita, requiere o espera una conversión moral del hombre, una revolución de su mentalidad para conseguir un cambio político hacia lo mejor” (p. 42), pero ella también señala que “si se quiere cambiar una institución, una organización, cualquier corporación pública mundana, sólo puede renovar su constitución, sus leyes, sus estatutos y esperar que todo lo demás se dé por sí mismo” (p. 57).

Por lo anterior, si bien se reconoce que no se requiere una conversión moral del hombre para que una sociedad civil funcione, ya que se pueden establecer vínculos prudenciales (por heteronomía se lograría el acatamiento de las leyes), también es cierto que Kant en La Religión dentro de los límites de la mera Razón expone la distinción entre carácter empírico e inteligible —como se señaló en el primer acápite—. Este primero concuerda muy bien con lo anterior, ya que muestra que el cambio de las costumbres, de aquello que se ve, es posible a partir de la constitución y, en general, desde todas las leyes en su función educadora, pero este segundo carácter enfoca la mirada en la revolución de las intenciones y en la necesidad de una sociedad en proceso de moralización, que al fin y al cabo es a lo que apunta el republicanismo cívico. Al respecto Salmeron (2006) argumenta “que no basta con la constitución adecuadamente diseñada para que reine la justicia en un ‘pueblo de demonios’ y que la educación tiene una responsabilidad ineludible en relación con las consecuencias de ello” (p. 61).

Sin embargo, entonces ¿cuál debe primar?, ¿la educación moral o la constitución republicana? La salida sigue siendo verlos a ambos de forma interdependiente, ya que el republicanismo es la forma de gobierno más acorde con el modelo de carácter moral y se podría decir que la formación moral contribuye a la apropiación de una constitución republicana (sin desconocer que una buena constitución política puede darse sin la conversión moral del hombre). De todas formas, para salir de este círculo vicioso se apuesta por la política y su repercusión en la moral. Esto no quiere decir que no se pueda esperar y considerar importante el fortalecimiento de la personalidad moral (ya que hace parte del papel de la educación), pero se sigue el planteamiento de Rodríguez (2013), quien sostiene que “la política es vista como una condición de posibilidad de nuestra vida moral y no como su corolario” (p. 15).

Partiendo de esto, cobra importancia volver la mirada sobre la política, en específico sobre el republicanismo, y para esto es importante pensar en la separación del espíritu republicano de las tensiones que a modo de contradicciones se encuentran en la teoría kantiana. Por esta razón, se señalan al menos tres tensiones y sus posibles válvulas de escape.

Dentro de las tensiones frente al republicanismo desde la perspectiva kantiana, señaladas por Beade (2009), Abellán (1998), Saldarriaga (2017) y Velasco Gómez (2005), se encuentran el riesgo de una tiranía bajo una autocracia, la negativa del autor al derecho de rebelión y la contradicción que muestra la compatibilidad de una igualdad jurídica con una desigualdad material.

Frente a la primera tensión, el mismo Kant reconoce que, aunque la autocracia es la forma de soberanía más sencilla, es la más peligrosa (Kant, 2012a, p. 177). En este sentido, la deformación de la autocracia en tiranía se puede evitar, por un lado, con la ilustración de los gobernantes (Kant, 2009c, p. 25), ya que para Kant el jefe de Estado ha de ser “un hombre de entendimiento” (1995, p. 224), y por otro lado, de hecho en contravía a lo que pensaba el mismo filósofo: que el soberano no debe tener otro poder que lo límite, pues se requiere una instancia jurídica que restrinja el poder del soberano, propuesta a la que la humanidad no llegó a priori porque fue dada por el curso de la historia20. Después de la Segunda Guerra Mundial —específicamente luego de que Hitler llegara al poder por medios democráticos y desvirtuara la constitución existente— se creó en Alemania el Tribunal Constitucional Federal Alemán —lo que en Colombia se reconoce con el nombre de Corte Constitucional— instancia jurídica que tiene la función de proteger la carta magna y evitar que el ejecutivo, e incluso el mismo legislativo, intenten destruirla. Dicha instancia no es incongruente con el espíritu republicano en tanto este busca que la ley sea soberana.

Frente a la segunda tensión, se encuentra que la negativa de Kant al derecho de rebelión se evidencia especialmente en su teoría metafísica (que alude al conjunto de conocimientos a priori susceptibles de ser universalizados, principios deducidos racionalmente), que no se basa en contingencias, y como regla general no puede tener contradicciones (Kant, 2012a, p.152). No obstante, el mismo autor señala la necesidad antropológica de las revoluciones para la evolución del derecho (Kant, 2006)21, incluso enfatiza en el entusiasmo que genera en sus espectadores (Kant, 2009a), pero advierte que no debe estar en contra del poder legislativo, sino que debe dirigirse al ejecutivo, esto porque la idea es proteger el contrato originario y avanzar hacia la republicanización.

La última tensión, en palabras de Abellán (1998) se puede expresar de la siguiente manera: “la exigencia de la igualdad jurídica es reconocida por Kant como compatible con la desigualdad material” (p. XXIX). Además, Kant termina sugiriendo que la falta de independencia civil (aludida a la autosuficiencia económica), en los así llamados ciudadanos pasivos, es una determinación natural.

Frente a este punto, se encuentran tres aspectos a considerar. Por un lado, se requiere que la igualdad no solamente sea reconocida de manera formal, sino también material, posibilitando así una mejora en las condiciones básicas de la existencia para que el republicanismo sea posible. En segundo lugar, se debe reconocer que el concepto de independencia civil, aspecto nuclear en la definición de ciudadanía y que Kant lo relaciona con el de tener propiedad, no es una determinación natural, sino histórica. Frente a este punto, Saldarriaga (2017) señala que se debe procurar un tránsito de aquella mal denominada ciudadanía pasiva —por ser un oxímoron— hacia una ciudadanía activa. En tercer lugar, se puede considerar que, para el paso del derecho en un sentido formal a uno material, la historia también ha aportado. Por ejemplo, después de la Segunda Guerra Mundial se ha venido incrementando la necesidad de que los Estados de derecho pasen a ser Estados sociales de derecho. Con el agregado social se ha pretendido dar vida al concepto de igualdad en un sentido material, incorporando en las legislaciones internas de cada país la protección y garantía de cada vez mayores condiciones de vida dignas.

La educación política a la luz del republicanismo en aras del fortalecimiento del juicio estético

Se pretende en este acápite mostrar aquellos fundamentos de posibilidad de una educación política basada en la teoría kantiana, primero desde una perspectiva antropológica, segundo, desde un plano metafísico y tercero, desde el fortalecimiento del juicio estético. En esta línea de ideas, se pueden encontrar fundamentos antropológicos para una educación política a la luz del republicanismo. Con respecto a este asunto, ya decía Zöller (2011) que, si bien Kant no habló explícitamente de una antropología política, sí se pueden encontrar los fundamentos antropológicos en su pensamiento político. De esta forma, las alusiones que hace el filósofo de Könisberg frente al ser humano no solamente son de orden a priori, sino que también parten de aquellas características que lo constituyen, y muestran sus tendencias insociales, las cuales dificultan el logro de lo que la razón le presenta de forma imperativa, de ahí que se puedan encontrar afirmaciones tales como “con una madera tan retorcida como es el hombre no se puede conseguir nada completamente derecho” (Kant, 2009b, p. 51).

Ahora bien, el filósofo muestra en su libro La religión dentro de los límites de la mera razón que, antropológicamente, los seres humanos tienen una propensión al mal, pero también unas disposiciones originales al bien, a saber, la disposición para la animalidad, para la humanidad y para su personalidad. La primera, orientada a la conservación, la propagación y hacia la construcción de sociedad. La segunda que, basándose en el aprecio propio, busca la comparación con otros. Y la tercera, que es la que interesa aquí, alude a “la susceptibilidad del respeto por la ley moral como de un motivo impulsor suficiente por sí mismo del albedrío” (Kant, 2016, p. 57). En otros términos, se trata de una disposición moral que muestra que de los seres humanos se puede esperar no solo que obren legalmente, sino también moralmente.

Además, se encuentran diversos fundamentos metafísicos para una educación política a la luz del republicanismo. Se ha mencionado que la metafísica se encarga de aquellos conocimientos a priori o puros que son susceptibles de ser universalizados y se podría añadir, tal y como lo diría Adela Cortina (2012), que es la doctrina de los deberes y de los derechos que representan una necesidad imperante del ser humano (p. XXXIV). Verifíquese que desde la perspectiva kantiana la metafísica se complementa con la antropología moral (Kant, 2012a, p. 21)22, la cual mira las condiciones que posibilitan o no la ejecución de aquellos principios que desde la razón hacen posible una educación política a la luz del republicanismo, principios objetivos23 que muestran que todos los seres racionales comparten o tienen en común lo que Kant denomina el ideal del “reino de los fines”.

Kant plantea que el reino de los fines es un ideal regulativo (horizonte normativo o criterio evaluativo) donde los individuos regidos por leyes comunes se tratan a sí mismos como fines y medios (Kant, 1996, p. 146.). El cual, si bien es inalcanzable por completo, es deseable y a este el ser humano se puede acercar gracias a que posee voluntad, esto es, “una capacidad de elegir sólo aquello que la razón reconoce independientemente de la inclinación como prácticamente necesario, o sea, como bueno” (Kant, 1996, p. 112).

Es más, el ser humano, al poderse autodeterminar, puede guiar sus acciones conforme a un imperativo categórico24 el cual, según Kant, “representa una acción como objetivamente necesaria por sí misma. Sin referencia a ningún otro fin” (1996, p. 114)25; que actúa con base en las tres fórmulas (universalidad, fin en sí mismo y que cada máxima esté en concordancia con el reino de los fines) referidas a maneras de representarse el mismo principio de la moralidad (Kant, 1996, p. 150); fórmulas que actúan como algunos de los fundamentos de posibilidad para una educación política inspirada en el republicanismo.

Por último, se resalta que la facultad de juzgar estética no solo es la condición antropológica que permite la política (tal y como se sugiere al inicio de este artículo), sino que también actúa como incentivo de una educación política basada en el republicanismo. En otras palabras, se comprende que el acatamiento de las leyes, aun por deber, exige un sacrificio, que no se realizaría si no se obtuviera una cierta recompensa o satisfacción: el juicio estético.

En este punto también se señala que no solo el juicio estético actúa como incentivo para la forma de gobierno republicana y, por tanto, para toda educación que quiera basarse en ella, sino que es a la vez la condición de posibilidad de la política, en tanto que, al tener como principio subjetivo y universalizable el sentido común, permite ver, con la ayuda de Arendt (2003), que es aquella facultad política por excelencia, la cual permite la sociabilidad gracias a sus máximas: pensar por sí mismo, ponerse en el lugar de los demás y ser consecuente. Especialmente esta segunda, también nombrada por la filósofa como el pensamiento extensivo; aquel que permite abandonar el punto de vista egoísta y buscar —en tanto juicio reflexionante— aquellas directrices que son generales desde una perspectiva imparcial.

Frente a este estado de cosas, Arendt (2003) argumentaba que el juicio estético, desde la perspectiva kantiana, “surge del ‘placer meramente contemplativo o complacencia inactiva‘” (p. 36), el cual se caracteriza por ser desinteresado, ser universal, tener una finalidad sin fin y ser necesario. En primer lugar, alude a una representación que genera una satisfacción o no, pero sin estar unido a ningún interés26, sino que basta con la mera contemplación de la representación del objeto que se hace en el interior sin depender de la existencia de la cosa misma. En segundo lugar, busca la aprobación de todos por medio de una universalidad que no es objetiva, sino subjetiva. Kant plantea que esta universalidad puede darse debido a que el sentimiento de placer está precedido por el juicio, el cual es posible gracias a las facultades que son comunes a todos: el entendimiento y la imaginación. En tercer lugar, el gusto no se basa en ningún concepto o fin, así que, al no basarse en estos, tiene como fundamento de determinación la forma de la finalidad, que alude a la conciencia del modo de representación de un objeto que nos es dado como existente. En cuarto lugar, el gusto es necesario porque no alude a lo contingente, sino que se basa en un elemento a priori que actúa como principio subjetivo que posibilita la universalidad, este es el sentido común (Kant, 2015, p. 154).

Arendt (2003), frente al sentido común, dirá que con este Kant se refiere a “un sentido adicional —una suerte de capacidad añadida (en alemán: Menschenverstand)— que nos capacita para integrarnos en una comunidad” (p. 130). Por esta razón, es el sentido común el que posibilita la sociabilidad, de la cual se encarga la política. En este caso, el juicio estético se convierte en la condición antropológica que permite el republicanismo, pero también logra que los esfuerzos por mantenerlo tengan sentido. Se puede decir entonces que el orden deseado con la forma de gobierno republicana trae como resultado la belleza, recompensa deseable para un ciudadano republicano. Ahora bien, para lograr esto se requiere suplir principalmente las condiciones materiales de la existencia; se puede decir, siguiendo al mismo filósofo de Königsberg, que aquel “que es presa de la inclinación y del apetito no puede juzgar sobre lo bello” (Kant, 2015, p.180).

A modo de conclusión

Partiendo del corpus kantiano, es posible pensar en la educación política en estos términos: como un arte que, inspirado en la forma de gobierno republicana, busca la formación del carácter de índole moral con el propósito de promover la sociabilidad. Esta forma de gobierno es deseable y el ser humano puede aspirar a ella, gracias a que existen fundamentos para que sea posible, desde una perspectiva antropológica (disposiciones naturales al bien como el de la personalidad moral), metafísica (en tanto se puede aspirar al reino de los fines) y estética (que posibilita la política y actúa como incentivo para apreciar el republicanismo).

En suma, el republicanismo aparece como una forma de gobierno que le apuesta a la personalidad moral y, por tanto, es la más acorde con el último fin de la educación, el de la formación del carácter de índole moral; fin congruente con la tesis kantiana, que apunta al avance de la especie humana hacia mejor. No obstante, no se ha de empezar por la formación del carácter, se requiere primero llevar a la práctica esta forma de gobierno que es la más acorde con este. Sin embargo, para lograr esto hace falta, por un lado, mejorar las condiciones materiales de la existencia y, por el otro, investigaciones que ahonden, por ejemplo, en las formas de soberanía más acordes con el republicanismo, en los vínculos entre la política, la estética, la ética y la educación, y en la posibilidad inclusive de crear una educación republicana. Si se hace esto, sin lugar a dudas, se construiría un arma conceptual bastante sólida para crear un proyecto pedagógico enfocado no en la sociedad que se tiene, sino en la que se quiere.

Conflicto de interés

La autora declara la inexistencia de conflicto de interés con institución o asociación de cualquier índole.

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Notas de autores

Isabel Cristina Vallejo Merino

Magíster en Filosofía de la Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia. Contacto: isabel.vallejome@amigo.edu.co, ORCID: https://orcid.org/0000-0001-9517-887X


1 Al respecto dice Arendt (2003): “la facultad de juzgar se ocupa de particulares, que «como tales, en consideración a lo universal, encierran algo contingente” (p. 33). Véase más sobre el juicio reflexionante (Kant, 2015, p. 90).

2 El republicanismo se encuentra en sintonía con lo que en la actualidad se denomina “democracia participativa”, “democracia republicana” “democracia deliberativa” y aparece como una alternativa ante la desconfianza en las instituciones democráticas (Velasco, 2005; Abellán, 2014).

3 En el segundo acápite se vincula el republicanismo con la educación, especialmente con el carácter.

4 Aunque Holly Wilson (2006) argumenta que el cuidado está en la disciplina, porque se podría pensar que estos conceptos están interrelacionados, realmente Kant (2008) los separa: por un lado, el cuidado (Wartung) está asociado con las precauciones que tienen los padres para que los niños no hagan un uso perjudicial de sus fuerzas (capacidades). Por otro lado, la disciplina (Zucht) es la parte negativa de la educación ya que, intenta evitar el desbordamiento de los impulsos agresivos y por lo tanto es lo opuesto a la barbarie. Está caracterizada por la presencia de leyes que son de carácter externo y frente a estas el hombre se siente coaccionado.

5 Kant (2008) afirma que la instrucción (Unterricht) al ser la parte positiva de la educación se encarga de enseñar o hacer asequibles aquellos conocimientos que hacen parte del acervo cultural.

6 La prudencia alude a “la habilidad en la elección de los medios para el mayor bienestar propio” (Kant, 2020a, p.161).

7 Según Kant se puede ser virtuoso, conforme a un carácter inteligible: según máximas acordes con la ley —moralidad— o ser virtuoso, conforme a un carácter empírico: según lo que se muestra en congruencia con la ley —legalidad—, cuando se guía por máximas que le permiten el cumplimiento del deber, aunque el móvil no sea dicho deber (Kant, 2016).

8 “La razón en una criatura significa aquella facultad de ampliar las reglas e intenciones del uso de todas sus fuerzas mucho más allá del instinto natural, y no conoce límites a sus proyectos” (Kant, 2009b, p 43).

9 Vargas (2003) afirma que la pedagogía desde la perspectiva kantiana apuntaría a ese deber ser: “es una reflexión sobre lo–todavía–no que se abre como horizonte de posibilidades tanto para el sujeto singular como para la especie humana” (p. 65). No obstante, es importante mencionar que algunos autores no están de acuerdo con la tesis kantiana del progreso moral, teniendo en cuenta las tendencias actuales en el campo educativo que, con su afán pragmático y enfocado en la instrucción o adquisición de habilidades, va en detrimento de la formación moral. En este punto, se destaca la postura de Georg Cavallar (2014), quien afirma que “Republican democracies in our world tend to degenerate into oligarchies or democracies in the Kantian sense, that is, states with despotic forms of government (ZeF, AA 08: 352-3). Current trends in educational sciences show a new pragmatism and utilitarianism, a focus on skills, prudence, efficiency and usefulness for the labour market, while abandoning the idea of moral formation or Bildung the way Kant envisioned it” [las democracias republicanas en nuestro mundo tienden a degenerar en oligarquías o democracias en el sentido kantiano, es decir, estados con formas despóticas de gobierno (ZeF, AA 08: 352-3). Tendencias actuales en las ciencias de la educación muestran un nuevo pragmatismo y utilitarismo, un enfoque en las habilidades, la prudencia, la eficiencia y la utilidad para el mercado laboral, al tiempo que abandonan la idea de la formación moral o Bildung tal como Kant lo imaginó] (pp. 19-20).

10 Ahora bien, la forma como se adquiere el carácter empírico no es la misma a la manera como se forma el carácter inteligible. Este primero se fortalece paulatinamente conforme a las experiencias de la vida; el segundo, por el contrario, se forma por medio de una explosión como respuesta al hastío que produce el instinto (Kant, 2016).

11 La objetividad se distancia completamente de las representaciones subjetivas pertenecientes a cada persona y por tanto se basa en hechos y enunciados lógicos que en el caso de la teoría kantiana se muestran como postulados a priori (Caimi, 2007, pp. XXXVI-XXXVII).

12 La universalidad se entiende en un sentido estricto, sin concebir excepciones y tiene validez a priori (independiente de la experiencia) (Kant, 2011a, p. 51).

13 La necesidad puede ser de dos clases de acuerdo con Kant, por un lado, teórica, ya que se establece sobre fundamentos a priori (Kant, 2015, p. 204), por el otro lado, práctica “donde, mediante conceptos de una pura voluntad razonable que sirve de regla a los seres libremente activos (…) no significa nada más que la obligación que se tiene de obrar absolutamente (sin posterior intención) de una cierta manera” (Kant, 2015, p.153)

14 Se encuentran otras acepciones sobre la libertad, pero vistas desde un sentido político como “la libertad para hacer uso público de la propia razón (Arendt, 2003; Lazos, 2009; Colomer, 1994; Beade, 2007). Beade (2007) señala dos formas de entender la libertad política en Kant, que parecieran contradecirse, pero que realmente son interdependientes: la autodeterminación y la libertad, en el sentido de que el Estado no intervenga en la búsqueda del bienestar propio.

15 Joaquín Abellán (2001) argumenta que Kant comparte la tesis de Sieyes (el constitucionalista francés), el cual hace énfasis en las formas de gobierno más que en las formas de soberanía.

16 Una persona en el sentido kantiano es un ser caracterizado por la razón práctica y su libre arbitrio (Kant, 2012a, p. 30).

17 Para Kant la guerra es el estado natural de los individuos antes de renunciar a su libertad natural y establecer un pacto social protegido por el Estado civil (Kant, 2006, p. 48).

18 Cabe resaltar que en la teoría kantiana, según Habermas (1997), la paz es un ideal al cual se acerca la humanidad con el derecho interno, internacional y cosmopolita.

19 Efraín Lazos (2009) lo dice así: “la idea de establecer una constitución para un pueblo de demonios es la idea de establecer un conjunto de leyes externas que garantice que los ciudadanos, aunque condicionen el deber al amor propio, se comporten como si en la máxima de su acción primara la ley moral en su interior. No importa que sean hipócritas, con tal que cumplan la ley civil” (p. 121).

20 El filósofo plantea que la razón habría podido anticiparse a las conclusiones que dejan los estragos de las guerras, las cuales contribuyen paradójicamente al fortalecimiento del derecho (Kant, 2009b). En este sentido, el triunfo sobre el nazismo llevó a la evolución del derecho constitucional.

21 En este punto coincide Freud (1979) en tanto entiende la revolución como una de las fuentes del movimiento del derecho.

22 Véase Wood (٢٠٠٨), Saldarriaga (٢٠١٥a), Louden (2003) y Shell (2003), para abordar la importancia de la antropología moral en el pensamiento kantiano.

23 “El complemento de una metafísica de las costumbres, como el otro miembro de la división de la filosofía práctica en general, sería la antropología moral, que contendría, sin embargo, sólo las condiciones subjetivas, tanto obstaculizadoras como favorecedoras, de la realización de las leyes de la primera en la naturaleza humana, la creación, difusión y consolidación de los principios morales (en la educación y en la enseñanza escolar y popular) y de igual modo otras enseñanzas y prescripciones fundadas en la experiencia” (Kant, 2012a, 21 / AA VI: 217]. Parra (2017) argumenta que en Kant el principio puro de la moral puede ser aplicado en la experiencia de los seres humanos. Por tanto, se trata de un vínculo entre metafísica y antropología, en esta última se encuentra la educación. Sin embargo, el autor cuestiona lo que denomina “el barroco” como lente para abordar la moralidad, el cual alude al “afán de encontrar en la experiencia la realización inequívoca del principio moral como fundamento de su aceptabilidad” (Parra, 2017, p. 31). Lo que sugiere es que dichos principios no se extraen de la experiencia (como lo quiere hacer ver “el barroco”), sino que surgen de la filosofía y de forma a priori, lo cual no quiere decir que se nieguen a encontrar un punto de encuentro con la realidad práctica de las personas.

24 Por otro lado, no se desconoce la importancia de los imperativos hipotéticos porque los seres humanos no pueden prescindir de éstos (Kant, 2012a, p. 114).

25 De acuerdo con Wood (2008), gracias al imperativo categórico se puede alguien preguntar si aquello que pretende realizar racionalmente es algo que puede uno querer que otros también realicen, esto como principio para poder dirigir las propias acciones. Sin embargo, una lectura más profunda la ofrece Rivera (2005), quien cuestiona esta interpretación —llamada por ella— estándar de la primera fórmula del imperativo categórico, ya que funciona para deberes hacia otros, no frente a los deberes hacia uno mismo. Propone entonces la interpretación que ella misma denomina “universalidad como necesidad” cuya “prueba consiste en precisar si podemos querer que la voluntad se determine a la realización de ciertos actos según cierto fundamento de manera necesaria” (Rivera, 2017, p. 73).

26 Esto no quiere decir que del gusto no se pueda desprender un interés (Kant, 2015, p. 221), ya que se le puede enlazar el interés de la moralidad, que mirado desde el republicanismo busca una revolución en las máximas del comportamiento.